Suplemento Instaladores, diciembre 2019
Felipe Sorrentino, Coordinador Editorial
Una noticia dramática nos invita a reflexionar sobre la responsabilidad de los distintos actores que intervienen en una instalación eléctrica: en este suplemento, la nota titulada “Una nena sufrió una fuerte descarga eléctrica en la terminal de Alta Gracia”; por suerte, no llegó a mayores, pero la causa del incidente podría haber provocado la muerte a cualquier persona que hubiera transitado por la terminal cordobesa.
Debo agradecer la publicación realizada por Javier Báez en su Facebook, tan oportuna. Agrego una frase que hace referencia a la recientemente prorrogada Ley de Seguridad Eléctrica de Córdoba: “Y ahora, con el freno que pusieron a la Ley 10281 (prórroga de dos años para los edificios públicos), ¿quien se hará cargo?”
Ninguna ley nacional, provincial o municipal que proteja la vida de sus ciudadanos y que se encuentre vigente puede ser anulada o postergada su entrada en vigencia cuando se trate, sobre todo, de lugares de pública concurrencia. Las personas que por allí transitan suponen que todas las instalaciones del lugar están en regla; que las autoridades a quienes les corresponde su control y verificación han hecho su labor y por eso son lugares habilitados para el uso público. No es lógico que desconfíen de la satisfacción de la norma que tiene el lugar por el que transitan.
Esta situación en Córdoba se replica en casi todo el territorio nacional, por uno u otro motivo: falta de cumplimiento de las reglamentaciones vigentes para las instalaciones eléctricas de la AEA para lugares públicos; no utilización de productos que cumplan con la certificación que exige la Resolución 169/2018 de la Secretaría de Comercio; falta de control del ente que realiza la contratación, y/o falta de idoneidad del contratista que realiza el trabajo.
Desde nuestro lugar, le solicitamos a toda la cadena de corresponsabilidad que ponga su mayor esfuerzo para cumplir con su cometido y evitar pérdidas irreparables.