Etiquetado de lámparas led

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Con la finalidad de informar al usuario acerca de las clases de eficiencia en lámparas led, la norma IRAM 62404-3 establece los criterios para su etiquetado.
Desde hace más de veinte años, el Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM) viene trabajando en el desarrollo de normas vinculadas a la eficiencia energética, tema que despierta cada vez mayor interés por parte de los usuarios. Hasta el momento, existen más de veinte normas IRAM que abordan este etiquetado, de las cuales como resultado de resoluciones de la Dirección Nacional de Comercio Interior, quince de ellas son de aplicación obligatoria.
La norma IRAM 62404-3 que establece el etiquetado de eficiencia energética de lámparas led fue publicada en 2017, y en 2019 se publicó la Resolución N.º 795/19 del Ministerio de Producción y Trabajo que reglamenta el etiquetado correspondiente.
En ese sentido, la presente etiqueta informa al consumidor, en el momento de decidir la compra, la eficiencia energética de las lámparas led para iluminación general aptas para ser conectadas directamente a la red eléctrica en Argentina, presentando un sistema comparativo de siete clases identificadas por las letras y símbolos A++, A+, A, B, C, D y E, donde la clase A++ se le adjudica a las lámparas más eficientes y la E, a las menos eficientes.
La medida de estas etiquetas debe ser de 36 x 73 mm y puede ser poli- o monocromática. A su vez, si la etiqueta no está impresa en el embalaje, sino colocada o añadida por separado, se debe utilizar la versión policromática. De ser necesario, se puede utilizar una versión reducida de la etiqueta de 36 x 61,5 mm.
Asimismo, la etiqueta debe:

  • marcarse en forma legible;
  • colocarse impresa o adherida en la parte externa de cada embalaje individual;
  • permanecer en el embalaje como mínimo, hasta que el producto haya sido adquirido por el consumidor final.

 Por su parte, el embalaje individual debe contener, como mínimo:

  • marca comercial
  • potencia
  • tensión
  • flujo luminoso
  • lúmenes por watt (lm/W)

Nada colocado, impreso o adherido en la parte externa de cada embalaje individual debe impedir o reducir la visibilidad de la etiqueta.
 
Las lámparas led que quedan excluidas según la norma son aquellas:

  • cuyo flujo luminoso sea menor a 30 lm;
  • comercializadas para funcionar con pilas o baterías;
  • de color variable;
  • con diodos de color y/o con revestimiento de color.