Reglamento general CONEXPO NOA 2023

Reglamento general CONEXPO NOA 2023
1. Organización y Realización Integral
El Congreso y Exposición CONEXPO NOA 2023, en adelante CONEXPO, es organizada por EDITORES S.RL., en adelante el Organizador, con domicilio en Av. La Plata 1080, (1250) CABA, Argentina.

2. Objeto
CONEXPO es organizada con el propósito de poner en contacto a los distintos sectores que intervienen en el conocimiento, desarrollo y aplicación de la Ingeniería Eléctrica, Luminotecnia, Ingeniería de Control, Automatización y Seguridad: profesionales, empresarios, industriales, comerciantes, técnicos, instaladores, investigadores y todo ente, institución o persona que de una u otra forma está relacionado con estos temas, a fin de obtener un intercambio valioso de ideas, negocios y novedades. Para ello, desarrollar encuentros de negocios, foros de discusión, jornadas de actualización técnica, encuentros profesionales y comerciales, exposición de productos y servicios y otras actividades a detallar oportunamente.

3. Lugar y fecha
CONEXPO se realizará el 6 y 7 de Julio de 2023 de 16 a 20 hs. en el Hotel Catalinas, en adelante Predio Ferial, sito en, Av. Soldati 380, Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, Argentina. La fecha, horario y lugar de realización podrán ser modificados por el Organizador, si razones de fuerza mayor o inherentes al mejor desarrollo de CONEXPO así lo indicaran.

4. Expositores
Podrán participar en carácter de Expositor: Empresas, comercios, Instituciones educativas, profesionales, empresarias, normativas y de investigación, que de algún modo contribuyan al desarrollo del objeto de CONEXPO.
En todos los casos, lo expuesto en el stand deberá estar relacionado con el temario.
Se recomienda que todas las acciones realizadas en el stand estén dirigidas a brindar asesoramiento y actualización técnica/especializada al visitante, ya que este es el principal objetivo de CONEXPO.

5. Visitantes
CONEXPO estará abierta a todo público mayor de dieciocho (18) años.
Los estudiantes de escuelas secundarias podrán ingresar en grupos de diez (10) alumnos acompañados por un docente, en  horario exclusivo a determinar. Los menores de dieciocho (18) años solo podrán ingresar acompañados por un mayor. La Exposición será de entrada gratuita. Los seminarios, conferencias, cursos, encuentros y otras actividades de CONEXPO tendrán condiciones de realización y admisión que serán informadas por el Organizador por separado a este Reglamento.

6. Admisión de Expositores
La admisión de Expositores se efectuará sobre la base de una Solicitud de Participación. Esta no asegura la aceptación de la empresa solicitante, de sus productos, ni ubicación determinada.
La ubicación de stand, sus dimensiones y los frentes libres los determina el Organizador, atendiendo los intereses generales de la Exposición y según un sistema que se determinará oportunamente.
El Organizador tiene pleno derecho a denegar la admisión de cualquier solicitud sin indicar los motivos, siendo inapelable su decisión.

7. Renuncia - No ocupación
La renuncia del Expositor a ocupar el espacio solicitado y/o asignado, y/o la no ocupación del stand por el Expositor dentro de la cronología establecida por el Organizador, lo faculta a este último a cancelar la condición de Expositor y el derecho al stand con pérdida total para el Expositor de las sumas acreditadas, cualesquiera fueran sus causas y su situación de pagos. En estos casos el Organizador podrá disponer del espacio en la forma que estime conveniente para los intereses generales de CONEXPO.

8. Cesión
El Expositor no podrá ceder su espacio, total o parcialmente, con o sin cargo sin previa autorización por escrito del Organizador.

9. Obligaciones del Expositor
Seguros. El Organizador no asume la responsabilidad por los daños o perjuicios que sufran el Expositor, su personal o sus bienes y/o terceras personas durante su permanencia en la Exposición. Por lo tanto no se reconocerá indemnización alguna por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, penetración de agua, humedad, accidentes, daños a terceras personas o bienes, sabotaje u otros perjuicios cualesquiera sea su origen. Por consiguiente los Expositores, para cubrir su responsabilidad, podrán tomar seguro de responsabilidad civil e incendios y renunciar a toda acción legal contra el Organizador, su personal, operadores  y/o restantes Expositores.
El Organizador tendrá derecho a prohibir el funcionamiento de equipos si estima que significan algún peligro, molestias o ruidos excesivos que perturben el normal desenvolvimiento de CONEXPO.
Los Expositores no podrán tener combustibles, inflamables ni explosivos dentro de su stand, ni hacer funcionar motores de combustión interna.

10. Responsabilidad del Expositor
10.1. El Expositor será responsable de los daños personales y materiales ocasionados dentro y fuera del stand por su personal o por los objetos que expone.
El Organizador recibirá del Expositor el espacio asignado en las mismas condiciones que le fuera entregado. Si se comprobaran deterioros, se procederá a la reparación por cuenta y costo del Expositor.
Los daños y perjuicios que pueda ocasionar el Expositor, su personal, vehículos o cosas de su propiedad dentro del Predio Ferial serán indemnizados por este en el término de veinticuatro (24) horas desde su intimación.
10.2. Atención de stands.
El expositor está obligado a mantener personal de atención del stand, preferentemente técnico/especializado, durante todo el horario de apertura al público.
Durante el horario de apertura al público de CONEXPO, no se podrán realizar traslados de máquinas y equipos, trabajos de construcción del stand, de mantenimiento, de arme y desarme.

11. Vigilancia
Sin perjuicio de la responsabilidad que le cabe a cada Expositor, individual o colectivamente, de acuerdo con lo establecido en los Artículos 9 y 10 de este Reglamento, el Organizador establecerá personal de vigilancia general para resguardar el orden, pero sin responsabilidad por robos y hurtos.

12. Publicidad
Los expositores fuera de su stand no podrán realizar ningún tipo de publicidad, ni instalar elementos luminosos, ni exhibir listas de precios y condiciones de venta, ni instalar altavoces o aparatos de sonido.
Los expositores dentro de su stand podrán exhibir y distribuir folletos o catálogos de los elementos de su producción o representación, cuyo contenido no suponga infracciones a las disposiciones legales vigentes. Podrán instalar equipos de reproducción de imágenes/videos y elementos similares, etc. cuya utilización será autorizada por el Organizador.

13. Obsequios al público
Si los Expositores desean ofrecer regalos al público deberán cumplir las siguientes condiciones:
Los obsequios no podrán incluir publicidad de terceros, ni aún de cedentes.
Los Expositores suspenderán la entrega de obsequios cuando el Organizador lo estime conveniente.

14. Limitación de responsabilidades
14.1. El expositor renuncia expresamente por este acto a cualquier clase de reclamo contra EDITORES S.R.L. y/o el Predio Ferial
14.2. No presentación de Solicitud de Participación
Este reglamento se aplicará a todos los participantes en carácter de Expositor como, por ejemplo, empresas, comercios, instituciones, asociaciones empresarias y/o profesionales y/o gremiales, entes educativos, reparticiones nacionales y/o provinciales y/o municipales, etc., aun en el caso de que no hayan presentado su Solicitud de Participación, o que esta se haya extraviado o deteriorado, o que no hubieran abonado los importes correspondientes o que el stand haya sido cedido sin cargo.

15. Reglamento de stands
15.1.  Características de los stands
El objeto de CONEXPO es mostrar equipos, productos, sistemas y servicios. Por lo tanto se recomienda la mayor sobriedad en el diseño y los materiales del stand, tendientes a la valorización del producto y de la entidad expositora.
15.2. Instalaciones existentes
15.2.1 Está prohibido picar, agujerear, soldar, cortar, pintar, colgar de, apoyar en y/o deteriorar las paredes, pavimentos, columnas, techos e instalaciones existentes del edificio y de la zona aire libre.
15.2.2. Los tableros de electricidad y llaves de paso de agua ubicadas en posiciones que resulten incluidas dentro de los lotes deberán mantener fácil acceso permanente.
15.2.3. Los elementos de prevención de incendios deberán quedar a la vista.
15.3. Espacios de los stands
15.3.1. Área y estructura provistas
15.3.1.1. Panelería: los espacios serán delimitados por el Organizador. Los stands de ocho, nueve, doce y quince metros cuadrados (8, 9, 12 y 15 m2) tienen panelería de división entre stands y en el fondo del stand y cenefa frontal superior.
15.3.1.2. Iluminación: los stands tienen incluido un spot cada tres metros cuadrados (3 m2).
15.3.1.3. Electricidad: el consumo cubierto para cada stand es de cincuenta vatios (50 W) por metro cuadrado. Consumos superiores serán con cargo por parte del Expositor. Todos los stands tienen incluido un tomacorriente doble por stand.
15.3.2. Límites
15.3.2.1. Ningún elemento podrá exceder los límites del lote en ninguna de sus dimensiones, ni afectar las vías de circulación.
15.3.2.2. No esta permitido colgar ningún tipo de elemento de los techos del salón.
15.3.2.3. La altura general de la exposición será de dos coma cuarenta metros (2,4 m). Dicha altura no debe ser superada en ningún punto de la construcción ni por paneles u otros accesorios.
15.3.2.4. Los stands deberán permitir el paso franco en una longitud no menor del 50% del desarrollo total de cada frente.
15.3.3. Materiales
15.3.3.1. Únicamente podrán emplearse materiales secos. Están prohibidos los materiales de albañilería y por vía húmeda.
15.3.3.2. Todos los materiales de construcción deben ser de la menor combustión posible o ignífugos.
15.3.4. Electricidad
15.3.4.1. Los Expositores deberán anticipar al Organizador por nota cuál será el consumo eléctrico del stand durante la exposición. El mismo debe ser entregado 7 días antes del inicio del armado de la exposición.
15.3.4.2. Se suministrará alimentación de energía eléctrica monofásica (doscientos veinte voltios —220 Vca—) con una potencia de cincuenta watts (50 W) por metro cuadrado de stand. Suministro de energía eléctrica trifásica (tres por trescientos ochenta voltios —3 x 380 Vca—) debe ser solicitado con anterioridad por nota.
15.3.4.3. Las acometidas monofásicas solo serán permitidas para potencias de hasta tres kilovoltios-amperios (3 kVA). Para las potencias superiores las acometidas deberán ser trifásicas, debiendo equilibrar convenientemente los consumos monofásicos para no generar desequilibrios perjudiciales en la instalación.
15.3.4.4. Cada Expositor será responsable de la instalación propia de su stand teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Los stands que superen el consumo cubierto por el Organizador (ver punto 15.3.4.2 de este Reglamento) deberán contar con un tablero de entrada con disyuntor diferencial y protección termomagnética de capacidad acorde con su potencia instalada. Este tablero estará provisto de un tramo de cable tipo taller de sección suficiente para el consumo previsto o de sección mínima de dos coma cincuenta milímetros cuadrados (2,5mm2), que el personal contratado por el Organizador/Realizador Integral conectará a los tableros perimetrales o aéreos, según corresponda.
  • El Expositor deberá cada día, a la hora de cierre, desconectar todos sus equipos, interruptores y circuitos de iluminación.
15.3.5. Iluminación
15.3.5.1. Los artefactos de iluminación deberán apuntar hacia los objetos exhibidos y no hacia el público. Están prohibidas las luces intermitentes de todo tipo y las proyecciones fuera de los límites del stand, incluidos techos o cielorrasos.
15.3.5.2. No se permite la colocación de artefactos de iluminación sobre pisos o al alcance del público sin algún elemento de protección que impida el contacto con estos.
15.3.5.3. La iluminación del stand no deben causar molestias a los stands próximos.
15.3.6. Sonido
15.3.6.1. La operación de cualquier equipo (máquinas, televisores, computadoras, audiovisuales, etc.) debe tener un nivel sonoro aceptable y que no moleste a los visitantes ni a otros Expositores.
15.3.6.2. Los Expositores no podrán propalar ningún tipo de música sin acreditar previamente el cumplimiento de las disposiciones de AADI CAPIF, SADAIC y ARGENTORES.
15.3.6.3. La intención de emitir música u otro espectáculo desde los stands deberá ser comunicada al Organizador, quien decidirá si es aprobada su realización, antes del comienzo de la Exposición.
15.3.7. Seguridad contra incendios
15.3.7.1. Los elementos de seguridad contra incendio provistos por el Predio Ferial, por las disposiciones vigentes del Departamento de Bomberos, deberán quedar accesibles en todo momento, no importando su ubicación.
15.3.8. Arme y desarme
15.3.8.1. Para iniciar la construcción del stand, el Expositor deberá tener abonado el total del lote.
15.3.8.2. Durante el período de armado y desarme, el Expositor deberá disponer de un representante oficial de su empresa que obre como interlocutor responsable con el Organizador de la muestra y supervise a los constructores de su stand.
15.3.8.3. Fecha  y horario de arme y desarme se informará en Anexo.

16. Credenciales
16.1. El Organizador entregará a los Expositores una credencial de Expositor por cada tres metros cuadrados (3 m2) ocupados. Estas credenciales serán destinadas a los directivos y ejecutivos de la empresa Expositora.
16.2. El Organizador entregará a los Expositores una credencial de Personal de Stand por cada tres metros cuadrados (3 m²) ocupados.
16.3. El Organizador entregará a los Expositores una credencial de Armadores de Stand según los requerimientos de construcción de cada stand.
16.4. Las credenciales son personales.
16.5. Las credenciales de Expositor, Personal de Stand y Armadores de Stand se entregarán al Expositor una vez satisfechas las condiciones establecidas en el presente Reglamento (presentación del seguro de responsabilidad civil, certificado de ART del personal, Seguro de Vida Obligatorio y/o Seguro de Accidentes Personales y Alta temprana).

17. Equipos y Productos
Se alienta el funcionamiento de todos los equipos y productos con fines demostrativos de los mismos.